La Municipalidad de Villa
Gobernador Gálvez, en cumplimiento con la Ordenanza N° 3155/2025, pone a
disposición de los ciudadanos el acceso a la inscripción como interesados en la
adquisición de lotes con destino único para vivienda familiar.
Los mismos se encuentran
ubicados en la Sección Catastral N° 13, manzanas 101, 104, G1 (ex 107A), G2 (ex
107B), G3 (ex 107C), H1 (ex 108A), H2 (ex 108B) y H3 (ex 108C) todos del plano
187088/2015, entre las calles Alta Gracia, Carcarañá, Monte Hermoso y Carriego,
cruzados por calles Ituzaingó en su transversal y de separación entre 1 y 2, 2
y 3 los Pasajes Flor de Ceibo y Juana Azurduy respectivamente (ver en mapa
adjunto).
La inscripción estará
abierta desde el día 09/03/2026 y durante 30 (treinta) días hábiles hasta el
día 23/04/2026 inclusive.
Las dimensiones de los mismos van desde los 123,75 m2 a los 183,04 m2.
Se ha tasado el valor del metro cuadrado de esa zona y se lo ha establecido en 30 (treinta) UTM (unidades tributarias municipales).
El valor actual de la UTM es de $ 3.000 y será actualizada al momento de la adjudicación tal cual se expresa en los considerandos del Decreto Reglamentario 6787/2026 que se adjunta.
El mecanismo de adjudicación se detalla en el apartado 5 del Artículo 3° del Decreto Reglamentario 6787/2026 que se adjunta.
La aceptación de la adjudicación por parte de los adjudicatarios se realizará de acuerdo a como se detalla en el apartado 6 del Artículo 3° del Decreto Reglamentario 6787/2026 que se adjunta.
De contado (conforme se detalla en el Artículo 2° del Decreto Reglamentario 6787/2026 que se adjunta).
- Ser mayor de 18 años.
- Contar como mínimo con 2
(dos) años de residencia o lugar de trabajo efectivo y acreditable en la
ciudad.
- No ser propietario o
copropietario de vivienda, embarcaciones suntuarias o de lujo, vehículos de alta
gama y/o aeronaves.
- No haber sido
beneficiario de sorteos anteriores.
- Contar con ingresos
demostrables, sea recibo de sueldo, o en caso de ser monotributista o autónomo
declarando el promedio mensual de facturación de, por lo menos, los últimos 6
(seis) meses, el que no podrá ser superior al 80% (ochenta por ciento) del
límite máximo de la categoría en la cual se encuadra.
- No figurar inscripto en
el Registro de Deudores Alimentarios.
Todas las disposiciones reglamentarias
relativas a la inscripción, verificación de la información declarada, sorteo y
adjudicación se encuentran detalladas en el Decreto Reglamentario N° 6787/2026.
(ver en Decreto adjunto)
Centro de Atención Ciudadana
Tel.: 4988888
Whatsapp: 341-7388888
E-mail: atencionciudadana@vggmunicipalidad.gov.ar
En
su defecto podrán dirigirse de manera presencial a la Oficina de Vivienda del
Municipio para mayor información.